Construcciones, Instalaciones y Obras

Debemos saber que cualquier tipo de obra, aunque sea pequeña, necesita de su correspondiente Licencia Urbanística o Declaración Responsable.

Desde el ayuntamiento podemos ayudarle a resolver sus dudas sobre el tipo de licencia que tiene que solicitar.

A modo de RESUMEN:

LICENCIAS URBANÍSTICAS
Los actos sujetos a licencia urbanística.
1. Están sujetos a la obtención de licencia urbanística, sin perjuicio de las demás autorizaciones que sean procedentes
con arreglo a la legislación sectorial aplicable, los siguientes actos de construcción y edificación y de uso del suelo y, en particular:
a) Las parcelaciones o cualesquiera otros actos de división de fincas o predios en cualquier clase de suelo no incluidas en proyectos de reparcelación.
b) Las obras de construcción, edificación e implantación de instalaciones de toda clase de nueva planta, salvo aquellas de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no requieran proyecto de acuerdo con la legislación vigente en materia de ordenación de la edificación
c) Las obras de ampliación de construcciones, edificios e instalaciones de toda clase existentes que alteren los parámetros de ocupación y altura, conlleven incrementos en la edificabilidad o el número de viviendas y requieran proyecto de acuerdo con la legislación vigente en materia de ordenación de la edificación.
d) Las obras de modificación, reforma o rehabilitación de construcciones, edificios e instalaciones que tengan carácter de intervención total o las parciales que modifiquen esencialmente, su aspecto exterior, su volumetría, o su estructura.
e) Las obras de modificación, reforma o rehabilitación de edificaciones, construcciones e instalaciones que afecten en menor medida a sus elementos de fachada, cubierta, o estructura que las descritas en la letra anterior o modifiquen su disposición interior, siempre que no se hallen sujetas al régimen de comunicación previa.
f) Las obras y los usos que hayan de realizarse con carácter provisional.
g) La demolición de las construcciones, salvo en los casos declarados de ruina inminente.
h) La modificación del uso característico de las construcciones, edificaciones e instalaciones.
i) Los movimientos de tierra y las obras de desmonte y explanación en cualquier clase de suelo y los de abancalamiento y sorriba para la preparación de parcelas de cultivos, sin que los simples surcos para labores agrícolas tengan tal consideración.
j) La extracción de áridos y la explotación de canteras.
k) La instalación de centros de tratamiento o instalaciones de depósito o transferencia de toda clase de residuos.
l) El cerramiento de fincas, muros y vallados.
m) La apertura de caminos, así como su modificación o pavimentación.
n) La ubicación de casas prefabricadas e instalaciones similares, provisionales o permanentes.
ñ) La instalación de invernaderos.
o) La colocación de carteles y vallas de propaganda visibles desde la vía pública.
p) Las instalaciones que afecten al subsuelo.
q) La instalación de tendidos eléctricos, telefónicos u otros similares y la colocación de antenas de cualquier clase.
r) La construcción de presas, balsas, obras de defensa y corrección de cauces públicos, vías públicas o privadas y, en general, cualquier tipo de obras o usos que afecten a la configuración del territorio.
s) Los actos de construcción y edificación en estaciones destinadas al transporte terrestre, así como en sus zonas de servicio.
t) Los demás actos que señalen los instrumentos de planeamiento de ordenación territorial y urbanística.
DECLARACIÓN RESPONSABLE
Están sujetas a declaración responsable ante el municipio los actos siguientes:
a) Las obras de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no requieran proyecto de acuerdo con la legislación vigente en materia de ordenación de la edificación en suelo urbano consolidado.
b) Las obras en edificaciones e instalaciones existentes, en suelo urbano consolidado y conformes con la ordenación urbanística, que no alteren los parámetros de ocupación y altura, ni conlleven incrementos en la edificabilidad o el número de viviendas que no requieran proyecto de acuerdo con la legislación vigente en materia de ordenación de la edificación.
c) La ocupación o utilización de las obras del apartado anterior, siempre que las edificaciones e instalaciones se encuentren terminadas y su destino sea conforme a la normativa de aplicación.
d) La primera ocupación y utilización de nuevas edificaciones, siempre que se encuentren terminadas y su destino
sea conforme a la normativa de aplicación y con la licencia de obras concedida, cuando no estén sujetas a licencia previa por una legislación sectorial.
e) Las instalaciones para el aprovechamiento de la energía solar mediante captadores térmicos o paneles fotovoltaicos en los siguientes casos:
1) Sobre la cubierta de las edificaciones y otras construcciones auxiliares de estas incluidas las pérgolas de los aparcamientos de vehículos.
2) En los espacios de las parcelas en suelo urbano, no ocupados por las edificaciones y otras construcciones auxiliares de estas, cuando las instalaciones no comporten un empleo de la parcela superior al cuarenta por ciento de su superficie no edificable.
f) Los puntos de recarga de vehículos eléctricos situados dentro de edificaciones, salvo que pudieran suponer un impacto sobre el patrimonio.
COMUNICACIÓN PREVIA
Será objeto de comunicación previa a la Administración cualquier dato identificativo que deba ponerse en su
conocimiento para el ejercicio de un derecho, y en particular los siguientes:
a) Los cambios de titularidad de las licencias y declaraciones responsables. La falta de presentación de dicha comunicación implicará que los titulares quedarán sujetos con carácter solidario a las responsabilidades que pudieran derivarse de la actuación que se realice al amparo de dicha licencia.
La comunicación del titular anterior podrá ser sustituida por la aportación del documento público o privado que acredite la transmisión inter vivos o mortis causa de la propiedad o posesión del inmueble, local o solar, siempre que en el mismo se identifique suficientemente la licencia transmitida en la comunicación que se realice.
b) El inicio efectivo de las obras objeto de licencia o declaración responsable en vigor.
c) La suspensión de la ejecución de las obras con licencia o declaración responsable en vigor.

Licencias:

LICENCIA URBANÍSTICA

 DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA ESTUDIO DE CONCESIÓN DE LICENCIA:

Documentación Técnica  para OBRA MAYOR:

  • Proyecto de ejecución visado o Proyecto básico visado.
  • Dirección de arquitecto.
  • Dirección de aparejador.
  • Hoja de estadística de viviendas facilitada por su arquitecto, debidamente cumplimentada.

Debiendo especificar en el caso de la Urbanización Sotolargo además:

    •   Documento aparte del cerramiento (Art. 35.5 del POM).
    •  Documento aparte, plano topográfico del terreno inicial y final, especificando que no se modifica sustancialmente la   configuración natural del terreno.

Documentación Administrativa:

Presentación de instancia especifica (Solicitud de licencia) acompañada de la siguiente documentación:

  • Acreditación de poder bastante
  • Licencia de Ocupación de terreno de Dominio Público( contenedores, gruas, tierras..) (Solicitud de ocupación) o declaración, en su caso, de no ocupación (Solicitud de no ocupación)
  • Justificante de tasa por derecho de enganche, instalación de contador y solicitud de altan en el sumistro de agua para obras.
  • Justificante de pago de tasa por expedición de licencias (Solicitud de autoliquidación).
  • Justificante de pago de impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
  • Finalizada la obra deberá comunicarse su realización a la Gerencia de Catastro (Modelo 900) acompañando la solicitud de los documentos que Catastro requiere, esta presentación se puede hacer en la Oficina Municipal  o en la Gerencia de Catastro.

Documentación Técnica para  OBRA MENOR      

    • Fotografía del solar, o en su caso, de fachada lateral y trasera de la edificación preexistente.
    • En el caso que afecte a la distribución interior, memoria descriptiva suscrita por técnico competente.
    • Descripción pormenorizada y detallada de la obra, incluyendo situación, metros, materiales, etc.
    • Si se efectúa superposición de pavimento: certificado de seguridad, firmado por técnico competente.
    • Presupuesto de ejecución material debidamente desglosado y detallado de la obra a ejecutar.
    • Plano de emplazamiento y situación acotada de la obra en la parcela.

Documentación Administrativa:

Presentación de instancia especifica (Solicitud de licencia) acompañada de la siguiente documentación:

      • Acreditación de poder bastante
      • Cuando proceda, autorización  o conformidad de la comunidad de propietarios.
      • Licencia de Ocupación de terreno de Dominio Público( contenedores, gruas, tierras..) (Solicitud de ocupación) o declaración, en su caso, de no ocupación (Solicitud de no ocupación)
      • Justificante de pago de tasa e impuestos sobre construcciones, instalaciones y obras (Solicitud de autoliquidación).
      • Finalizada la obra deberá comunicarse su realización a la Gerencia de Catastro (Modelo 900) acompañando la solicitud de los documentos que Catastro requiere, esta presentación se puede hacer en la Oficina Municipal  o en la Gerencia de Catastro

DECLARACIÓN RESPONSABLE

 DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA ESTUDIO DE CONCESIÓN :

Documentación Técnica:         

  • Fotografía del solar, o en su caso, de fachada lateral y trasera de la edificación preexistente.
  • En el caso que afecte a la distribución interior, memoria descriptiva suscrita por técnico competente.
  • Descripción pormenorizada y detallada de la obra, incluyendo situación, metros, materiales, etc.
  • Si se efectúa superposición de pavimento: certificado de seguridad, firmado por técnico competente.
  • Presupuesto de ejecución material debidamente desglosado y detallado de la obra a ejecutar.
  • Plano de emplazamiento y situación acotada de la obra en la parcela.
  • Documentación Administrativa:

    Presentación de instancia especifica (Solicitud de licencia) acompañada de la siguiente documentación:

    • Acreditación de poder bastante
    • Cuando proceda, autorización  o conformidad de la comunidad de propietarios.
    • Licencia de Ocupación de terreno de Dominio Público( contenedores, gruas, tierras..) (Solicitud de ocupación) o declaración, en su caso, de no ocupación (Solicitud de no ocupación)
    • Justificante de pago de tasa e impuestos sobre construcciones, instalaciones y obras (Solicitud de autoliquidación).
    • Finalizada la obra deberá comunicarse su realización a la Gerencia de Catastro (Modelo 900) acompañando la solicitud de los documentos que Catastro requiere, esta presentación se puede hacer en la Oficina Municipal  o en la Gerencia de Catastro

Declaración Responsable Primera Ocupación

Una vez la obra está acabada y cuenta con el certificado de la dirección facultativa (certificado final de la obra) la legislación urbanística autonómica obliga al promotor a que solicite del ayuntamiento una licencia denominada de primera ocupación, para que los técnicos municipales, controlen que la obra ejecutada se ajuste al proyecto al que se le concedió la licencia.

La licencia de primera ocupación, por tanto, es un acto administrativo en la que el Ayuntamiento:

a.- Acredita que la obra está completamente ejecutada y se ajusta a la licencia de obra otorgada.

b.- Acredita que el edificio o vivienda cumple los requisitos exigidos para ser destinado a uso residencial.

c.-  Se cerciora de que lo construido reúne las condiciones técnicas de seguridad, salubridad y ornato públicos.

d.- Permite que el edificio o construcción pueda conectar el abastecimiento de agua potable, electricidad, telecomunicaciones y otros servicios comunitarios.

e.- Su otorgamiento es obligatorio y previo para autorizar (por notario) e inscribir (registradores de la propiedad) la escritura de obra nueva terminada. Se trata de una garantía frente a los terceros adquirentes, para que adquieran en todo momento edificios e inmuebles que posean licencia de primera ocupación. Evitando que los adquirentes de buena fe compren inmuebles que tengan posteriormente problemas de reposición de la legalidad con el ayuntamiento.

¿Qué pasa si no se solicita? pues que, al menos en teoría, las compañías suministradoras de los servicios de electricidad, saneamiento, abastecimiento de agua, teléfono, etc, tienen prohibida suministrar estos servicios a la edificación.
Por otra parte, en el nuevo texto refundido de la Ley del suelo se establece que no se podrán escriturar y mucho menos vender inmuebles que no posean licencia de primera ocupación. Se trata de un claro mecanismo de protección al consumidor y para evitar que se puedan vender o habitar viviendas que pueden no cumplir con la licencia o mismo se puedan tener que demoler por el citado incumplimiento.
Para el caso de que se proceda a la venta de una edificación sin licencia de primera ocupación, la jurisprudencia viene decretando la resolución contractual de la compraventa del inmueble con indemnización de daños y perjuicios, con la intención de proteger a los ciudadanos que hubiesen adquirido una vivienda o inmueble sin aquella licencia.
 DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA ESTUDIO DE CONCESIÓN :

Documentación Técnica: Documentación a presentar junto a solicitud  )

Documentación Administrativa:

Presentación de instancia especifica (Solicitud declaración responsable) acompañada de la siguiente documentación:

    • Acreditación de poder bastante
    • Justificante de pago de tasa e impuestos sobre construcciones, instalaciones y obras (Solicitud de autoliquidación).
    • Finalizada la obra deberá comunicarse su realización a la Gerencia de Catastro (Modelo 900) acompañando la solicitud de los documentos que Catastro requiere, esta presentación se puede hacer en la Oficina Municipal  o en la Gerencia de Catastro

Declaración responsable para piscina

 DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA ESTUDIO DE CONCESIÓN :

Documentación Técnica:         

  • Fotografía de la parcela, o en su caso de la edificación preeexistente sobre la que se va a realizar
  • Descripción pormenorizada y detallada de la obra, incluyendo situación, metros, materiales, etc.
  • Presupuesto de ejecución material debidamente desglosado y detallado de la obra a ejecutar.
  • Plano de emplazamiento y situación acotada de la obra en la parcela.
  • Justificante de haber procedido al pago de Tasas e Impuestos .
  • Documentación Administrativa:

    Presentación de instancia especifica (Solicitud de declaración responsable) acompañada de la siguiente documentación:

    • Acreditación de poder bastante
    • Cuando proceda, autorización  o conformidad de la comunidad de propietarios.
    • Licencia de Ocupación de terreno de Dominio Público( contenedores, gruas, tierras..) (Solicitud de ocupación) o declaración, en su caso, de no ocupación (Solicitud de no ocupación)
    • Justificante de pago de tasa e impuestos sobre construcciones, instalaciones y obras (Solicitud de autoliquidación).
    • Finalizada la obra deberá comunicarse su realización a la Gerencia de Catastro (Modelo 900) acompañando la solicitud de los documentos que Catastro requiere, esta presentación se puede hacer en la Oficina Municipal  o en la Gerencia de Catastro.

Declaración responsable Instalación Fotovoltaica

 DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA ESTUDIO DE CONCESIÓN :

Documentación Técnica:         

  • Proyecto/ Memoria Técnica suscrita por Técnico competente.
  • Asume dirección de obra
  • Fotografía del  lugar de instalación.
  • Justificante de haber procedido al pago de Tasas e Impuestos Municipales.
  • Documentación Administrativa:

    Presentación de instancia especifica (Solicitud de licencia) acompañada de la siguiente documentación:

COMUNICACIÓN PREVIA

presupuestos-construccion-vivienda-unifamiliar-madrid-01